Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150320-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 29

116
Procedimiento 714 de 2013

EDICTO

En el procedimiento de modificación de medidas definitivas número 714 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 12 de febrero de 2015.—Don Pedro Arduan Rodríguez, magistrado-juez, celebrada la vista de este procedimiento a demanda de doña Rosa María Vicente López, representada por la procuradora de los tribunales doña Begoña López Rodríguez y asistida por el letrado don Tomás Romero Esteban, contra don Ricardo Gómez Sanz, en rebeldía, en nombre de Su Majestad el Rey dicto esta sentencia con base en lo siguiente:

Fallo

Se estima la demanda de modificación de medidas definitivas establecidas en la sentencia de divorcio de fecha 8 de febrero de 2001 en el sentido de que quedan suprimidas las medidas por las que don Ricardo Gómez Sanz debía pasar a doña Rosa María Vicente López pensión de alimentos para sus hijos y pensión compensatoria para ella.

No procede condena en costas.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación de la presente sentencia. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se basa la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Debiendo acompañar justificante de haber consignado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado el depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia a don Ricardo Gómez Sanz.

En Madrid, a 12 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/1.467/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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