Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150320-137

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

137
Procedimiento ordinario 1.341 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.341 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Córcoba García, don Carlos Andrés de los Santos Sánchez, doña Claudia Marisa Caponi Baides, doña Isabel Bergalli Muñiz, don Jaime Serrat Tur, don Jaime Terrasa Sampol, don José Sergio Soares Filho y doña Viviana del Pilar Vaca Proaño, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Gula Gula Madrid, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 12 de enero de 2015.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha sido presentada demanda por doña Isabel Bergalli Muñiz, don Jaime Terrasa Sampol, don Ángel Córcoba García, doña Claudia Marisa Caponi Baides, don José Sergio Soares Filho, don Carlos Andrés de los Santos Sánchez, doña Viviana del Pilar Vaca Proaño y don Jaime Serrat Tur, contra “Gula Gula Madrid, Sociedad Limitada”, en materia de reclamación de cantidad, que ha correspondido a este Juzgado en turno de reparto.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 12 de enero de 2015.

Parte dispositiva:

1. Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro registro correspondiente.

2. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 31 de mayo de 2016, a las nueve y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, que se sustanciará por las reglas del procedimiento ordinario.

Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.

Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial, si fuera necesario, para la localización de las partes.

Adviértase a las partes:

1. Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

2. Que si los demandantes, citados en forma, no comparecen ni alegan justa causa que se lo impida, se les tendrá por desistidos de la demanda.

3. Que l a incomparecencia injustificada de la demandada, citada en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

4. Se requiere a la parte actora para que en el plazo de cuatro días hábiles amplíe la demanda contra el administrador concursal y el Fondo de Garantía Salarial (con aportación de copias de la demanda), bajo apercibimiento de archivo y dejar sin efecto el señalamiento.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gula Gula Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de febrero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/7.587/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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