Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 64

Fecha del Boletín 
17-03-2015

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150317-78

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS

OTROS ANUNCIOS

78
Modificación camino público

El Pleno Municipal de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada en fecha 29 de enero de 2015, adoptó acuerdo, cuyo contenido en extracto es el siguiente:

[…] Considerando que se pretende una modificación del trazado del camino público situado en el polígono 43, parcelas 30-52, para situarlo entre las parcelas 31, 53 y 52.

Conforme al informe de la Secretaría Municipal, con carácter previo es procedente realizar la desafectación del camino actual, cambiando su calificación de bien de dominio público a bien de carácter patrimonial, con el objeto de realizar la correspondiente permuta.

Las razones por las que conviene el cambio de trazado al Ayuntamiento son las siguientes: se mejora el trazado actual (mayor amplitud), mejora de acceso al resto de fincas y resulta útil al municipio al fomentar el turismo enológico […].

[…].

Primero.—Aprobar inicialmente la desafectación de tramo de camino descrito, cambiando su calificación de bien de dominio público a bien de carácter patrimonial.

Segundo.—Anunciar el acuerdo de aprobación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante el plazo de un mes, para que durante este período se realicen las alegaciones que se estimen pertinentes, así como notificación individualizada a los propietarios de las fincas colindantes a ambos terrenos a permutar poniéndoles de manifiesto el expediente, a fin de que puedan presentar, igualmente, las reclamaciones y/o sugerencias que estimen en su derecho y deban ser tenidas en cuenta con anterioridad a la resolución definitiva del expediente.

Tercero.—Se procederá a iniciar simultáneamente expediente de permuta del tramo de camino de uso público cuya modificación de trazado se pretende, para su cesión a los solicitantes mediante permuta por el nuevo trazado propuesto, que pasaría a incorporarse al dominio público (camino público), debiendo existir en el correspondiente expediente el informe de los servicios técnicos municipales donde conste las mediciones de terrenos a permutar, tasación previa y compensación económica, en su caso, al Ayuntamiento, por la superficie de terreno que pudiera no ser equivalente en tal permuta, debiendo igualmente ubicarse el nuevo trazado íntegramente sobre la finca propiedad del solicitante, tanto en la anchura del nuevo camino, como respecto a los futuros retranqueos de forma que no suponga perjuicio futuro sobre las fincas lindantes que hasta la fecha no lindaban a camino alguno.

Cuarto.—A la vista de las reclamaciones y sugerencias que, en su caso, se produzcan; se someterá nuevamente a este Pleno, para la resolución definitiva.

Quinto.—La desafectación no tendrá efectos hasta que, tras el acuerdo definitivo del Pleno, no se produzca el acto de recepción formal del bien inmueble que ha sido desafectado, de conformidad con el artículo 8.3 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. Por tanto, en tanto que no concluya el procedimiento, el camino actual seguirá teniendo la consideración de bien de dominio público.

Sexto.—El presente acto tiene carácter de acto de trámite por lo que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no cabrá recurso alguno. La oposición al presente acto de trámite podrá alegarse por los interesados para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Contra la resolución que ponga fin al procedimiento podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación, según dispone el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998.

Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente en que tenga lugar su notificación, en cuyo caso no se podrá imponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición […].

San Martín de Valdeiglesias, a 12 de febrero de 2015.—La alcaldesa accidental, María Luz Lastras Parras.

(02/980/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150317-78