Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
12-03-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150312-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

167
Ejecución 279 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 279 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sara Muñoz Culsan, frente a “Mexlaguna Chueca Tapas 2013, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 9 de diciembre de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por doña Sara Muñoz Culsan solicitando la ejecución del acta de conciliación por la que se condena a “Mexlaguna Chueca Tapas 2013, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 9 de diciembre de 2014.

Parte dispositiva:

No ha lugar a despachar la ejecución por encontrarse la entidad ejecutada “Mexlaguna Chueca Tapas 2013, Sociedad Limitada”, en situación de concurso de acreedores. Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio del acta de conciliación recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2522/0000/64/0279/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Isabel Sánchez Peña.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mexlaguna Chueca Tapas 2013, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.326/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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