Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2015

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150311-40

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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NOTIFICACIÓN de 5 de febrero de 2015, de Resolución de revocación del título-licencia a “Años Luz, Sociedad Anónima”, “Indianatur, Sociedad Anónima” y “Viajes Niágara, Sociedad Anónima”.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de las empresas reseñadas por parte de esta Comunidad Autónoma, Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, de la siguiente notificación:

Notificado. — Último domicilio conocido. — Disposición legal aplicable. — Objeto de la notificación

Años Luz, Sociedad Anónima. — Calle San Bernardo, números 97-99, de Madrid. — Artículos 4, 7, 10 y 11.c) del Decreto 99/1996, de 27 de junio, y artículos 12 y 21 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo. — Resolución de revocación de título-licencia, CICMA número 209.

Indianatur, Sociedad Anónima. — Calle Castilla, número 6, de Pinto (Madrid). — Artículos 4, 7, 10 y 11.c) del Decreto 99/1996, de 27 de junio y artículos 12 y 21 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo. — Resolución de revocación de título-licencia, CICMA número 251.

Viajes Niágara, Sociedad Anónima. — Calle Meléndez Valdés, número 51, primero exterior izquierda, de Madrid. — Artículos 4, 7, 10 y 11.c) del Decreto 99/1996, de 27 de junio y artículos 12 y 21 de la Ley 1/1999, de 12 de marzo. — Resolución de revocación de título-licencia, CICMA número 208.

Lo que se realiza en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El texto íntegro de dicha Resolución así como los expedientes de referencia se encuentran a disposición de los interesados en las dependencias de esta Consejería, Subdirección General de Competitividad Turística, Gran Vía, número 43, tercera planta, de Madrid.

Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que los interesados pueden interponer recurso de alzada de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid, órgano competente para resolver en virtud del artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en el plazo de un mes a partir de la presente publicación.

Madrid, a 5 de febrero de 2015.—El Director General de Turismo, Joaquín Castillo Dolagaray.

(03/6.053/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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