Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150306-221

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALMERÍA NÚMERO 1

221
Ejecución 342 de 2014

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Almería.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 342 de 2014, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Todor Tihomirov Troanski, contra “Vetiver Construcciones y Promociones, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 11 de diciembre de 2014, se ha dictado auto, que sustancialmente dice lo siguiente:

Auto

En Almería, a 10 de diciembre de 2014.—Dada cuenta; y...

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima, dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia por la suma de 2.747,07 euros en concepto de principal, más la de 549,40 euros calculados para intereses y gastos, y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional, dese audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese, en cuanto a la declaración de insolvencia, o designen bienes, derechos o acciones de la deudora que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición, sin perjuicio del derecho de la ejecutada a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Diego Miguel Alarcón, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Almería.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a “Vetiver Construcciones y Promociones, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resolución que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Almería.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.687/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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