Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150306-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

187
Procedimiento ordinario 1.292 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.292 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ángela Descalzota Dollete, frente a “Colegio del Sol, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 30 de 2015

En Madrid, a 2 de febrero de 2015.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 1.292 de 2013, seguidos entre las partes: de una, como demandante, doña Ángela Descalzota Dollete, y de la otra, como demandados, “Colegio del Sol, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre cantidad.

Vistos los anteriores preceptos y en nombre de Su Majestad el Rey,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Ángela Descalzota Dollete, debo condenar y condeno a la empresa “Colegio del Sol, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 1.553,39 euros, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora; debiendo absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Colegio del Sol, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.679/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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