Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150305-113

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

113
Ejecución 81 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 81 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Soledad Brena Melero, frente a don Florin Wespasian Moraru, sobre ejecución forzosa, se han dictado diligencia de ordenación de fecha 5 de febrero de 2015 y decreto de fecha 28 de octubre de 2014, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Acuerdo: Tener por terminado el presente procedimiento de la ejecución número 81 de 2014, seguido a instancias de UGT-Unión Comarcal Norte de Madrid, frente a don Florin Wespasian Moraru.

Efectuado el pago de principal, póngase a disposición de la parte ejecutada la cantidad de 101,76 euros en concepto de sobrante una vez adquiera firmeza la presente resolución.

Los días de pago en esta oficina judicial una vez conste notificada la presente resolución son los lunes y martes, en horario de nueve a catorce.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2500/0000/64/0081/14 del “Banco Santander”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha recibido sobre con acuse de recibo devuelto con la nota “Ausente” de la notificación de decreto de fecha 28 de octubre de 2014 a la parte ejecutada, y desconociéndose otro domicilio en el que poder practicar la diligencia de notificación a don Florin Wespasian Moraru, procédase a notificar conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva incidente, o cuando se trata de emplazamiento.

No constando en las actuaciones la notificación del decreto de fecha 28 de octubre de 2014 a la parte ejecutada, se procede a su notificación conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Visto el estado de las actuaciones, constan en las mismas un embargo practicado en el vehículo propiedad del ejecutado, se procede a levantar dicho embargo y, por todo ello, se deja sin efecto la puesta a disposición a favor del ejecutado del sobrante.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Florin Wespasian Moraru, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de febrero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.446/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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