Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
04-03-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150304-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 41

111
Procedimiento ordinario 376 de 2009

EDICTO

Juzgado de primera instancia número 41 de Madrid.

Juicio: procedimiento ordinario número 376 de 2009.

Partes demandantes: don Marcos Arenal Martín y doña Raquel de Miguel Morán.

Partes demandadas: “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, y “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”.

Sobre: contratos en general.

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 376 de 2009, por no ser conocido el domicilio de “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, por resolución de 5 de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de 8 de junio de 2011, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales, don Ángel Martín Gutiérrez, en nombre y representación de don Marcos Arenal Martín y doña Raquel de Miguel Morán, contra las entidades “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los Tribunales doña Cayetana de Zulueta Luchsinger, debo declarar y declaro la nulidad del contrato de compraventa de 25 de octubre de 2007, celebrado entre los actora y la entidad “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y la nulidad del contrato de préstamo bancario de 26 de diciembre de 2007, celebrado entre los actores y la entidad “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, condenando a ambas demandadas al abono solidario a los actores de los importes abonados en pago del referido préstamo a razón de 314,73 euros mensuales, más los intereses legales en los términos indicados en el último párrafo de fundamento de derecho segundo de esta resolución. Todo ello sin hacer expresa imposición de las costas causadas frente a la entidad “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, y con imposición a la entidad “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, de las costas frente a ella ocasionadas.

Y para que sirva de notificación a “Mundyproyect 2000, Sociedad Limitada”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 5 de febrero de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/949/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150304-111