Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
02-03-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150302-97

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

97
Delegación de competencias

El Pleno del Ayuntamiento de Valdemoro, en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2014, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes competencias:

— Aquellas establecidas en el artículo 22.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, que no sean indelegables.

— Las atribuidas por Leyes u otras disposiciones legales que no estén expresamente consideradas como indelegables, salvo las previstas como competencia de Pleno, en materia de contratación y patrimonio, en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público:

1. Contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados, cuando su importe supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto o, en cualquier caso, supere los 6.000.000 de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración sea superior a cuatro años, y los plurianuales de duración inferior a cuatro años cuando el importe acumulado de todas las anualidades supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto o, en cualquier caso, supere los 6.000.000 de euros.

2. La adjudicación de concesiones sobre los bienes de la Corporación y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, así como la enajenación del patrimonio cuando no estén atribuidas al alcalde o presidente, y de los bienes declarados de valor histórico o artístico cualquiera que sea su valor.

Segundo.—El presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente a su adopción, conforme a los previsto en el artículo 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Valdemoro, a 9 de febrero de 2015.—El alcalde, David Conde Rodríguez.

(03/4.834/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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