Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2015

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150223-37

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2015, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de los actos administrativos correspondientes a los procedimientos sancionadores números INIF 291/14, INIF 407/14 e INIF 417/14.

Resultando infructuosos los intentos de notificación de los actos administrativos emanados de los procedimientos sancionadores citados en el encabezamiento, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo, con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal, por entender que la publicación íntegra de los escritos lesionaría los derechos o intereses legítimos de los interesados.

ANEXO

ACUERDOS DE INICIO DEL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS, DE INCOACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES

Requerido y último domicilio conocido. — Expediente. — Objeto del requerimiento

Entre Plato y Plato, Sociedad Limitada, con domicilio en la calle Jaime I el Conquistador, número 16, 28980 Parla (Madrid). — INIF 407/14. — Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador de 16 de diciembre de 2014.

JAR Protección Contra Incendios y Sistemas de Seguridad, Sociedad Limitada, con domicilio en la calle C, número 14, nave 3, polígono industrial Malpica, 50016 Zaragoza. — INIF 417/14. — Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador de 26 de diciembre de 2014.

Frente a los Acuerdos de Inicio, conforme con el artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, los interesados podrán formular alegaciones en el plazo de quince días hábiles, aportar cuantos documentos estimen convenientes y solicitar, en su caso, la práctica de prueba, mediante escrito dirigido al Servicio de Apoyo Jurídico de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

RESOLUCIÓN SANCIONADORA DEL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS

Requerido y último domicilio conocido. — Expediente. — Objeto del requerimiento

Iván Ortiz González, con domicilio en la calle Bravo Murillo, número 95, bloque A, segundo, puerta 2, 28003 Madrid. — INIF 291/14. — Resolución sancionadora del Director General de Industria, Energía y Minas, de 12 de enero de 2015.

Para hacer efectivo el pago de la sanción podrá optarse por el ingreso directo, bien en metálico, cheque bancario o talón conformado a nombre de la Comunidad de Madrid, en cuyo caso habrá de personarse previamente en la Caja de Depósitos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, sita en la plaza de Chamberí, número 8, primera planta, donde se le facilitará la carta de pago que deberá presentar a la entidad bancaria colaboradora donde se realice el pago. El pago de la sanción también podrá realizarse mediante transferencia, que deberá solicitarse a través del correo electrónico caja.comunidadmadrid@madrid.org

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A partir del inicio del período voluntario para el pago, podrá interponerse, conforme se dispone en los artículos 222 y 227 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, recurso potestativo de reposición ante el Director General de Industria, Energía y Minas o directamente reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Los plazos antes indicados se contarán a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones efectuadas, informando a los interesados de que los expedientes administrativos se encuentran en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, Servicio de Apoyo Jurídico, calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, sexta planta, 28016 Madrid.

Lo que se hace público, a la vez que se informa a los interesados de que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Dada en Madrid, a 6 de febrero de 2015.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(01/387/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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