Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150218-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26

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Procedimiento ordinario 282 de 2013

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

En el procedimiento ordinario número 282 de 2013 se ha dictado sentencia, habiéndose acordado por resolución de esta fecha la notificación a la parte demandada por medio de edictos, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia

En Madrid, a 21 de julio de 2014.

Doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 282 de 2013, sobre juicio ordinario, seguidos a instancias de “Fluidra España, Sociedad Anónima Unipersonal”, representada por el procurador de los Tribunales don Ignacio Melchor Oruña, contra “Printec Comunicaciones, Comunidad de Bienes”, integrada por don Daniel Aznar Jiménez y don Carlos Hernando Carmona, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por “Fluidra España, Sociedad Anónima Unipersonal”, representada por el procurador de los Tribunales don Ignacio Melchor Oruña, contra “Printec Comunicaciones, Comunidad de Bienes”, constituida por don Daniel Aznar Jiménez y don Carlos Hernando Carmona, en rebeldía, condeno a los expresados a que abonen a la actora la cantidad de 6.024,54 euros, en concepto de principal, más los intereses moratorios fijados en el fundamento jurídico cuarto, así como al pago de las costas procesales.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se interpondrá por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), significándole a las partes que para la admisión a trámite del recurso deberán aportar resguardo de ingreso de un depósito que se constituirá en al entidad “Banesto”, número de cuenta 2454, clave 02, indicando número de expediente y año, por valor de 50 euros, en concepto de “depósito recurso apelación”.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de sentencia a don Daniel Aznar Jiménez y “Printec Comunicaciones, Comunidad de Bienes”, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 22 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/666/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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