Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150216-191

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

191
Procedimiento ordinario 1.231 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.231 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther Mayral Sedano, frente a “Restaurante Zarkana, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 6 de 2015

En Madrid, a 13 de enero de 2015.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 1.231 de 2013, seguidos entre las partes: de una, como demandante, doña Esther Mayral Sedano, asistida por el letrado don Juan Ramón Lacal Guzmán, y de la otra, como demandados, “Restaurante Zarkana, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre cantidad.

Vistos los anteriores preceptos y en nombre de Su Majestad el Rey,

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Esther Mayral Sedano, debo condenar y condeno a la empresa “Restaurante Zarkana, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 511,11 euros, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora, absolviendo a la demandada de los pedimentos formulados en su contra; debiendo absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendoles que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Restaurante Zarkana, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.463/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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