Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2015

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150205-75

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS

URBANISMO

75
Estudio de Detalle parcela

Expediente 14PD0003. Estudio de Detalle presentado por la UTE “Sport Center Tres Cantos” para la ordenación de la parcela R.G.4a del Plan Parcial del Sector AR “Nuevo Tres Cantos”. Aprobación definitiva.

El Pleno Municipal celebrado el día 27 de noviembre de 2014, adoptó el acuerdo 087/2014, del tenor literal siguiente:

1.o Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle presentado por UTE “Sport Center Tres Cantos”, para la ordenación de la parcela R.G.4a del Plan Parcial del Sector AR “Nuevo Tres Cantos”, de este término municipal. Se deberá aportar un CD o DVD que contenga el documento definitivo, en formato Word y PDF y la delimitación de la parcela y de las nuevas áreas de movimiento en formato Autocad, extensión DWG, realizado en coordenadas UTM.

2.o Remitir un ejemplar del mismo al Registro Administrativo de la Consejería competente.

3.o Ordenar la publicación del presente acuerdo, con indicación de haberse procedido previamente al depósito antedicho, y notificarlo individualmente a los propietarios afectados y aquellos que hubieran intervenido en el procedimiento.

4.o Dar traslado a la Secretaría General (Patrimonio), a la Unidad de Contratación, a Licencias, a los Servicios Técnicos y Servicios Económicos Municipales a los efectos oportunos.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que se ha procedido al depósito de este plan en el Registro Administrativo de los Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, donde puede ser consultado.

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero; indicándose que el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 10 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación y sin perjuicio de cuantos otros recursos considere oportuno deducir.

Tres Cantos, a 28 de noviembre de 2014.—El concejal de Urbanismo, Javier Morales Escudero.

(02/8.190/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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