Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150204-73

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

OTROS ANUNCIOS

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Notificación avocación de competencias

Notificación de 16 de enero de 2015, de avocación de competencias.—Intentada sin efecto la práctica de notificaciones en los domicilios de las destinatarias que se relacionan en el anexo único de la resolución de Alcaldía de 15 de enero de 2015, relativa a la avocación de competencias, se procede a ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Colmenarejo, a los efectos previstos en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre).

Por medio del presente se pone en conocimiento de las personas interesadas, en relación al procedimiento de referencia, que en el Gabinete de Alcaldía se encuentran las notificaciones de la resolución de Alcaldía, relativa a la avocación de competencias, pudiendo retirar el original del acto que se notifica en plaza de la Constitución, número 1, de lunes a viernes, en horario de ocho a quince.

Lo que se comunica a las personas interesadas a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica.

Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la Alcaldía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación del mismo, conforme a lo dispuesto en los artículo 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

ANEXO ÚNICO

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE 15 DE ENERO DE 2015, SOBRE AVOCACIÓN DE COMPETENCIAS

Celebradas las elecciones locales el día 22 de mayo de 2011, convocadas por Real Decreto 444/2007, de 2 de abril, por el que se convocan elecciones locales y a la Comunidad de Madrid, vista la sesión constitutiva del Ayuntamiento de 11 de junio de 2011, en uso de las facultades que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, resolví delegar competencias en los concejales don Justo Lozano Alonso, doña Concepción Morales Taboada, doña Rosa Preciado Lage, don Francisco Javier Díaz Ruiz y don Fernando López Sevillano.

Por resolución de 10 de diciembre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 307, de 27 de diciembre de 2013, delegué, entre otras, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

II. Delegación de competencias en materia de medio ambiente, parques y jardines: doña Concepción Morales Taboada

Delegar en el miembro de la Corporación doña Concepción Morales Taboada el ejercicio de las siguientes atribuciones en materia de:

Medio ambiente:

1. Señalar las directrices generales en materia de medio ambiente.

2. Formular propuestas de protección y defensa del paisaje urbano y los aspectos ornamentales del municipio.

3. Propuestas de informes de calidad ambiental y seguimiento del desarrollo de los mismos en coordinación con urbanismo.

4. Realización y gestión de actividades propias del Ayuntamiento, competencia de la Alcaldía, y complementarias de las propias de otras Administraciones Públicas en materia de protección del medio ambiente.

5. Cualquier otra competencia que pueda corresponder a la Alcaldía por la legislación sectorial autonómica o estatal sobre protección del medio ambiente.

Parques y jardines:

1. Relaciones con el adjudicatario del contrato de mantenimiento de parques y jardines municipales.

2. Inspección, fiscalización del servicio de mantenimiento de los parques y jardines municipales prestado por el adjudicatario, y coordinación con los servicios municipales.

III. Delegación de competencias en materia de servicios sociales, mujer, tercera edad e inmigración: doña Rosa Elena Preciado Lage

Delegar en el miembro de la Corporación doña Rosa Elena Preciado Lage el ejercicio de las siguientes atribuciones en materia de:

Servicios sociales, tercera edad e inmigración:

1. Fijar las directrices generales y elaboración de propuestas.

2. Coordinar todas las actuaciones que en materia de servicios sociales se gestionen en el municipio, con facultad de dictar instrucciones y circulares, incluso para regular la actividad de estos servicios y sus instalaciones en cualquiera de los ámbitos territoriales que por razón de descentralización existan actualmente o puedan crearse en lo sucesivo.

3. Atención de la problemática propia de los mayores en el término municipal.

4. Gestión y coordinación de los servicios sociales del Ayuntamiento.

5. Relaciones con el centro de mayores y las asociaciones de mayores.

6. Relaciones con la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste.

7. Relaciones con las asociaciones de inmigrantes y atención a la problemática específica de este colectivo.

Mujer:

1. Relaciones con la Dirección General de la Mujer para proponer actividades.

2. Atención de la problemática propia de la mujer en el término municipal.

3. Atención a los cursos de formación específica dirigidos a mujeres.

Elevar a la Comisión Informativa correspondiente los asuntos relacionados con las materias de su competencia, siempre que su resolución corresponda al Pleno municipal o así lo disponga, especialmente, la Alcaldía-Presidencia o la Junta de Gobierno Local.

Proponer a los órganos de Gobierno cuantas medidas se estimen necesarias para el mejor cumplimiento de las facultades delegadas en los apartados anteriores.

Esta Alcaldía tiene atribuida por Ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, conforme al artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, delegación revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido, de conformidad con los artículos 114 del Reglamento de 28 de noviembre de 1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y 13.6 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En consecuencia, vistos, entre otros, los artículos 21.2 y 3 de la Ley de Bases de Régimen Local y 43, 44, 114, 116, 120 y 121 del Reglamento de 28 de noviembre de 1986, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, en relación con el artículo 13.6 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por razones de índole técnica y organizativa y en aras del interés público, por el presente resuelvo:

Primero.—Avocar todas las competencias delegadas en las concejalas doña Concepción Morales Taboada y doña Rosa Elena Preciado Lage, por resolución de la Alcaldía de 10 de diciembre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 307, de 27 de diciembre de 2013, para dar un nuevo impulso y dinamismo a la actividad municipal por la Alcaldía desde la experiencia adquirida durante la legislatura.

Segundo.—Asumir dichas competencias por la Alcaldía para estudiar detenidamente si procede la distribución de competencias, en su caso, en las materias y concejales que resulten más convenientes al interés general para la mejor prestación de los servicios a los vecinos, con el mejor aprovechamiento de las capacidades de todos y cada uno de los concejales implicados.

Tercero.—Notificar personalmente la presente resolución a las interesadas y publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por la Alcaldesa.

Cuarto.—Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión que celebre, a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Colmenarejo, a 15 de enero de 2015.—La alcaldesa-presidenta, Nieves Roses Roses.

(03/2.532/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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