Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150204-118

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

118
Ejecución 254 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 254 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Volodymyr Betsa, frente a “Grupo 7 Morcapa”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 15 de diciembre de 2014.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con esta fecha ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don Volodymyr Betsa solicitando la ejecución de la sentencia de fecha 22 de enero de 2014 por la que se condena a “Grupo 7 Morcapa” al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 15 de diciembre de 2014.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Volodymyr Betsa, frente a la demandada “Grupo 7 Morcapa”, parte ejecutada, por un principal de 16.880,74 euros, más 1.688,07 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2501/0000/64/0254/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Mercedes Gómez Ferreras.

Diligencia.—En Madrid, a 19 de diciembre de 2014.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que la empresa “Grupo 7 Morcapa” ha sido considerada insolvente en los autos número 117 de 2014 del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, por resolución firme de fecha 1 de septiembre de 2014.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 19 de diciembre de 2014.

Visto el estado de las presentes actuaciones habiéndose dictado auto y decreto de ejecución con fecha 15 de los corrientes, constando ya la insolvencia de la empresa ejecutada y resultando que aún queda pendiente de satisfacer un principal, intereses legales y costas provisionales por importe, respectivamente, de 16.880,74 euros, más 1.688,07 euros, no constando bienes de la parte ejecutada “Grupo 7 Morcapa” susceptibles de embargo y habiéndose dictado decreto declarando la insolvencia provisional de la parte ejecutada “Grupo 7 Morcapa” por el Juzgado de lo social número 4 de Madrid, procédase a dictar insolvencia y, antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 276 de la Ley de la Jurisdicción Social, dése audiencia al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de quince días inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe bienes de la deudora que le consten.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo 7 Morcapa”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de diciembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/1.042/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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