Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2015

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150203-14

Páginas: 8


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre autorización administrativa de instalaciones eléctricas, declaración en concreto de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la modificación de una línea por dos líneas aéreas + subterráneas de 20 kV en calle Pinarillo, entre los núcleos urbanos de “La Paradilla” y “Colonia de la Estación”, en el término municipal de Santa María de la Alameda, solicitada por “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”.

2014P140

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 12 de mayo de 2014 tiene entrada en esta Dirección General escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que se solicita la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la modificación de una línea por dos líneas aéreas + subterráneas de 20 kV, a la que acompaña el correspondiente proyecto, firmado por don Miguel A. Sánchez Suárez, del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid.

Segundo

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública conjunto al de declaración en concreto de utilidad pública, al haberse solicitado la declaración de utilidad pública simultáneamente a la petición de autorización que figura en el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010).

Tercero

Con fecha 17 de septiembre de 2014 tiene entrada escrito de “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, en el que solicita la autorización administrativa y la aprobación de proyecto de ejecución de la citada instalación con carácter provisional y parcial, adjuntando informe justificativo del interés y urgencia de la instalación del tramo subterráneo ubicado dentro del dominio público.

Cuarto

Con fecha 6 de octubre de 2014 se emite Resolución de autorización administrativa de instalaciones eléctricas y aprobación del proyecto de ejecución, con carácter parcial y provisional.

Quinto

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984 (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de octubre de 1984), el Decreto 22/2014, de 20 de febrero (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de febrero de 2014), y la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que deroga la Ley 54/1997 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2013); el Decreto 70/2010, de 7 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre de 2010), para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011 por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000 (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de diciembre de 2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de octubre de 1997); la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2007); el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008 (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de marzo de 2008), el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación aprobado por Real Decreto 3275/1982 (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de diciembre de 1982) y sus instrucciones técnicas complementarias (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de agosto de 1984), y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” de 9 de junio de 2014).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en el uso de las atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a “Iberdrola Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima Unipersonal”, la modificación de línea actual por dos líneas aéreas + subterráneas de 20 kV, sitas en la calle Pinarillo, entre los núcleos urbanos de “La Paradilla” y “Colonia de la Estación”, en el término municipal de Santa María de la Alameda, cuyas características son las siguientes:

Sustitución de línea actual por nueva línea de doble circuito por trazado de la existente:

— Línea aérea + subterránea 2014P140-ILE7938, de 2.491 metros de longitud, compuesta por un tramo aéreo de 1.741 metros de longitud, conductor 100-AL1/17-ST1A y por un tramo subterráneo de 750 metros de longitud, conductor HPREZ1 12/20 de 240 milímetros cuadrados en aluminio, con origen en apoyo proyectado número 1, situado en la parcela 111, polígono 16, con coordenadas UTM X = 394937 Y = 4490667, y final en CT “Polid. Estación” (114273003), situado en la calle de Buena Vista (Barrio de la Estación), con coordenadas UMT X = 393007 Y = 4491863, simple circuito, tensión 20 kV, y los reglamentarios elementos de protección y seccionamiento.

— Línea aérea + subterránea 2014P140-ILE7939, de 2.491 metros de longitud, compuesta por un tramo aéreo de 1.741 metros de longitud, conductor 100-AL1/17-ST1A, y por un tramo subterráneo de 750 metros de longitud, conductor HPREZ1 12/20, de 240 milímetros cuadrados en aluminio, con origen en apoyo proyectado número 1, situado en la parcela 111, polígono 16, con coordenadas UTM X = 394937 Y = 4490667, y final en CT “Polid. Estación” (114273003), situado en la calle de Buena Vista (Barrio de la Estación), con coordenadas UMT X = 393007 Y = 4491863, simple circuito, tensión 20 kV, y los reglamentarios elementos de protección y seccionamiento.

— Se desmontarán 2.505 metros de línea aérea y número de apoyos 23.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el apartado anterior, con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los Reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de un año, contado a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole de que, si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud de acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el Anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la autorización, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La declaración de la utilidad pública de la instalación citada lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el Anexo que se adjunta a la presente Resolución e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Ley del Sector Eléctrico.

Cuarto

La presente autorización administrativa se concede sin perjuicio de otras autorizaciones, licencias o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes, así como de los propietarios de locales o terrenos.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, a 18 de diciembre de 2014.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.











(02/8.225/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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