Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150203-127

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5

127
Ejecución 263 de 2014

EDICTO

Doña María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de A Coruña.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 263 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don César Pose Villamisar, contra “Transportes Rivefarma, Sociedad Limitada”, e “I-Vamos, Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado en fecha 4 de diciembre de 2014 auto y diligencia de ordenación del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don César Pose Villamisar frente a “Transportes Rivefarma, Sociedad Limitada”, e “I-Vamos, Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción cometida en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, María Jesús Hernando Arenas.—En A Coruña, a 4 de diciembre de 2014.

Habiendo presentado el trabajador don César Pose Villamisar exigiendo el cumplimiento por el empresario “Transportes Rivefarma, Sociedad Limitada”, e “I-Vamos, Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de títulos judiciales, de conformidad al artículo 280 de la Ley de la Jurisdicción Social, acuerdo:

Citar de comparecencia a las partes, con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y solicito a la secretaria judicial encargada de la Agenda Programada, día y hora para la celebración de la comparecencia, quien señala el día 9 de febrero de 2015, a las doce y treinta horas, para que tenga lugar.

De no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud, si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efectos serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transportes Rivefarma, Sociedad Limitada”, e “I-Vamos, Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En A Coruña, a 16 de enero de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.655/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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