Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150203-45

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COBEÑA

OTROS ANUNCIOS

45
Notificación baja padrón habitantes

De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo resultado infructuosos los intentos de notificación realizados a los interesados sin que haya sido posible notificarlas, por medio del presente anuncio se comunica la resolución de la Alcaldía, de 17 de diciembre de 2014, relativa a la incoación del expediente número3/2014 de bajas en el padrón municipal por inscripción indebida, de las personas que se relacionan a continuación, al incumplir el requisito establecido en el artículo 54.1 del Real Decreto 2612/1996, estableciéndose un plazo de diez días para formular las alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, pudiendo consultar el expediente en las dependencias municipales del Ayuntamiento de Cobeña, en horario de oficina.

Si transcurrido el plazo no hubiesen comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Asimismo, se indica que la baja en el padrón municipal dará lugar también a la baja en el censo electoral del municipio actual, desapareciendo del mismo por no figurar inscrito en ningún otro municipio (LOREG 5/1985, de 19 de junio).



Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de esta publicación, ante el Alcalde del Ayuntamiento de Cobeña, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más conveniente a su derecho.

Cobeña, a 14 de enero de 2015.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.

(02/196/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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