Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
23-01-2015

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150123-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Nombramiento juez de paz sustituto de Galapagar

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

3. Séptimo.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Galapagar.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Galapagar en el que se propone el nombramiento de don David Herranz Berrueco para el cargo de juez de paz sustituto, aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2014, por veinte votos a favor, que representa la mayoría absoluta, del número legal.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno por unanimidad acuerda: nombrar juez de paz sustituto de Galapagar a don David Herranz Berrueco.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado decano de primera instancia e instrucción de Collado Villalba, partido judicial al que pertenece, al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Galapagar, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado expido y firmo la presente en Madrid, a 11 de diciembre de 2014.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/203/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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