Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150122-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

149
Ejecución 182 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 182 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Méndez Morcillo, don Francisco Villafaina González, don José Cordón Villafaina, don Manuel Suárez Jiménez y don Modesto Villafaina González, frente a “Construcciones y Promociones Valle, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 87.220,22 euros de principal (correspondiendo a don José Cordón Villafaina la cantidad de 22.171,03 euros, a don Francisco Villafaina González 15.518,52 euros, a don Francisco Méndez Morcillo 10.722,73 euros, a don Modesto Villafaina González 17.526,15 euros y a don Manuel Suárez Jiménez 21.281,79 euros), más 8.722 euros de intereses y 8.722 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Construcciones y Promociones Valle, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2513/0000/64/0182/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Promociones Valle, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/248/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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