Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150122-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36

79
Procedimiento ordinario 1.172 de 2013

EDICTO

Don Miguel Anaya del Olmo, secretario del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado a mi cargo se siguen actuaciones de juicio ordinario número 1.172 de 2013, a instancias de la procuradora señora Pérez-Urruti Iribarren, en nombre de “Santander Consumer EFC, Sociedad Anónima”, contra don Jesús Huélano Plaza, declarado en rebeldía, en el que se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 4 de abril de 2014.—Vistos por la ilustrísima señora doña María de los Ángeles Martín Vallejo, magistrada-juez de primera instancia del número 36 de los de Madrid, los presentes autos seguidos entre la demandante “Santander Consumer EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora Pérez-Urruti Iribarren y asistida por el letrado señor Fernández Parras, contra don Jesús Huélano Plaza, declarado en rebeldía, en reclamación de cantidad, en el juicio ordinario número 1.172 de 2013, en los que aparece el siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta a instancias de “Santander Consumer EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Beatriz Pérez-Urruti Iribarren, contra don Jesús Huélano Plaza, declarado en rebeldía, debo condenar a la parte demandada a abonar a la demandante la cantidad de 25.690,90 euros y a los intereses de demora al tipo máximo de 2,5 veces al interés legal del dinero fijado para cada año en la LPGE sobre el principal reclamado desde el día 11 de septiembre de 2013, con imposición de costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución podrán las partes interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación en la forma y requisitos establecidos en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de la sentencia en legal forma al demandado don Jesús Huélano Plaza, declarado en rebeldía y en paradero desconocido, se expide la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Madrid, a 13 de marzo de 2014.—El secretario (firmado).

(02/40/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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