Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2015

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150122-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2014, de la Directora General de Formación de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid, por la que se acuerda publicar las Órdenes del 19622/2014 al 19627/2014, de 17 de octubre, de la Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, por las que se disponen el reintegro parcial de la subvención concedida a la entidad “CEO. Consultoría y Formación, Sociedad Anónima”, para la realización de las acciones formativas números 2741/10, 2751/11, 2767/11, 2768/11, 2771/11, 2776/11, destinadas prioritariamente a desempleados en el marco del subsistema de formación profesional para el empleo.

Intentada por dos veces las notificaciones en el domicilio del destinatario, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo de las Órdenes número 19622/2014 al 19627/2014, de 17 de octubre, a la entidad “CEO. Consultoría y Formación, Sociedad Anónima”, con CIF número A-78343464, en el centro de formación y en la acción formativa que se relacionan, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.

Titular jurídico: “CEO. Consultoría y Formación, Sociedad Anónima”.

CIF: A-78343464.

Denominación del centro: “C. Enseñanzas Ocupacionales”. Número de centro: 2088.

Domicilio del centro: Calle San Diego, número 15, primera planta, 28801 Alcalá de Henares.

Orden de reintegro :

— Orden 19622/2014, de 17 de octubre, correspondiente a la acción formativa 2741/10 “Agente de desarrollo turístico”.

— Orden 19623/2014, de 17 de octubre, correspondiente a la acción formativa 2751/11 “Iniciación a la red Internet”.

— Orden 19624/2014, de 17 de octubre, correspondiente a la acción formativa 2767/11 “Inglés gestión comercial”.

— Orden 19625/2014, de 17 de octubre, correspondiente a la acción formativa 2768/11 “Técnico auxiliar en diseño gráfico”.

— Orden 19626/2014, de 17 de octubre, correspondiente a la acción formativa 2771/11 “Técnico en información turística”.

— Orden 19627/2014, de 17 de octubre, correspondiente a la acción formativa 2776/11 “Agente de desarrollo turístico”.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.

De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de las citadas Órdenes pudieran derivarse para los derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que los textos íntegros de los actos que se notifican se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en las dependencias del Área de Formación e Inserción Profesional, sito en la Vía Lusitana, número 21, cuarta planta, en horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes.

Las Órdenes objeto de la presente notificación ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas podrá interponerse recurso de reposición ante el propio Órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su comparecencia o, en su caso, una vez finalizado el plazo señalado sin que se haya producido la misma, a tenor de lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Madrid, a 12 de diciembre de 2014.—La Directora General de Formación, Patricia Herrero García-Ramal.

(03/533/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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