Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
09-01-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150109-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

149
Procedimiento ordinario 191 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 191 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Manuel Sánchez Benito, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Gesocio Campamentos, Deporte y Aventura, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid, a 29 de octubre de 2014.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, ha dictado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente

Sentencia número 389 de 2014

En los autos de juicio verbal en reclamación de cantidad seguidos entre las partes: de la una y como demandante, don Víctor Manuel Sánchez Benito, con documento nacional de identidad número 52348456-L, defendido por el letrado don Mariano Sánchez Benito, y de la otra, y como demandados, “Magesocio Campamentos, Deporte y Aventura, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Víctor Manuel Sánchez Benito, contra “Magesocio Campamentos, Deporte y Aventura, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.269,98 euros por los conceptos y con el desglose que figura en el relato fáctico, más 148,40 euros de interés por mora. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por este pronunciamiento, y desestimo los restantes extremos de la demanda.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, a las que se hace saber que es firme pues contra la misma no cabe interponer recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día 3 de noviembre de 2014 por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Elena Burgos Herrera que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gesocio Campamentos, Deporte y Aventura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.908/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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