Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 6

Fecha del Boletín 
08-01-2015

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150108-4

Páginas: 23


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombran las Comisiones de Valoración de los concursos de traslados convocados por Resoluciones de 13 y 14 de octubre de 2014.

De conformidad con lo establecido en las bases sextas de las Resoluciones de 13 y 14 de octubre de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 30), por la que se convocan concurso de traslados de los funcionarios de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación y concurso de traslados de los funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero

Designar la Comisión de Valoración, cuya composición se expresa en el Anexo a la presente Resolución, que ha de valorar los méritos de los apartados 3.1, 3.2 y 4.1 del baremo de méritos Anexo I a la citada Resolución de 13 de octubre de 2014, por la que se convoca concurso de traslados de los funcionarios de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación.

Segundo

Designar las Comisiones de Valoración, cuya composición se expresa en el Anexo a la presente Resolución, que han de valorar los méritos a que se refieren los apartados 5.1, 5.2, 6.1, 6.2 y 6.3 del baremo de méritos publicado en el Anexo 2, a la citada Resolución de 14 de octubre de 2014.

Tercero

Los miembros de las Comisiones de Valoración tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de locomoción en el caso de que tengan que desplazarse de su residencia oficial, quedando autorizados a utilizar cualquiera de los medios de locomoción a los que se refiere el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” del 30). A los efectos previstos en el artículo 10 del citado Real Decreto, estas comisiones deben considerarse incluidas en el grupo segundo de los mencionados en su Anexo I.

Madrid, a 22 de diciembre de 2014.—La Directora General de Recursos Humanos, María Teresa Martínez de Marigorta Tejera.













































(03/39.223/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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