Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2015

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150105-43

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

URBANISMO

43
Proyecto reparcelación

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual a:

— “Lotnamar Moreno, Sociedad Limitada”.

— “San Ju Trans, Sociedad Limitada”.

— “Laboral Safety Integral System, Sociedad Limitada” (“Safenet, Sociedad Limitada”).

— “Asesoría Inmobiliaria Leganés, Sociedad Limitada”.

— Doña María Luisa Arias García Carpintero.

— Don Juan Carlos Gutiérrez Minguito.

— Doña Ana María Palos Fernández.

— Don José Palos Fernández.

— Don Antonio Palos Fernández.

— Don Jorge Palos Fernández.

— “Construcciones y Suministros de Poliéster, Sociedad Limitada”.

• Don José Luis Jiménez Urbina, 07419976-S.

• Doña Dolores Vadillo Bermejo, 01092758-M.

• Don Germán Jiménez Barroso, 07383460-T.

• Doña Sara Ballesteros González.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, según prevé el apartado 4 de dicho precepto la siguiente notificación:

Pongo en su conocimiento que en Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria celebrada el 4 de septiembre de 2014, se aprobó definitivamente el proyecto de reparcelación de la unidad de ejecución UE-29, de las Normas Subsidiarias de Cubas de la Sagra del tenor literal siguiente:

2.o Aprobación definitiva Proyecto de Reparcelación de la UE-29:

Se transcribe la siguiente propuesta de Alcaldía:

“Visto el expediente tramitado en estas dependencias municipales referente al proyecto de reparcelación de la UE-29.

Visto que las bases y estatutos de la Junta de Compensación fueron aprobados definitivamente con fecha 25 de octubre de 2005 y publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 293 el 9 de diciembre de 2005.

Considerando que con fecha 8 de septiembre de 2008, se emitió por parte de la arquitecto municipal informe favorable a la aprobación inicial del Proyecto de Reparcelación de la UE-29.

Resultando que el proyecto de reparcelación se aprobó inicialmente por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11 de septiembre de 2009 y fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 245, de 15 de octubre de 2009.

Visto que durante el período de información pública se presentaron las siguientes alegaciones:

— Escrito de alegaciones presentado por don Guillermo Vítores Bartolomé, el 23 de octubre de 2009, que fueron desestimadas por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 29 de julio de 2010.

— Escrito de alegaciones presentado por don Fernando Tiagonce Zamacola el 30 de octubre de 2009, que fueron desestimadas por la junta de Gobierno Local en sesión de 29 de diciembre de 2010.

— Escritos de alegaciones, presentado por don José Vico Manjón el 2 de noviembre de 2009. La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 25 de febrero de 2010, adoptó el por unanimidad acuerdo con relación a las alegaciones, estimando las alegaciones segunda y séptima.

Considerando que con fecha 2 de agosto de 2010, el Pleno del Ayuntamiento acordó la aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la UE-29. Dicho acuerdo se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 220, de 14 de septiembre de 2010.

Visto que con fecha 20 de junio de 2014 y número de registro 2333/14, se presenta en el Ayuntamiento un ejemplar en papel del proyecto de reparcelación de la UE-29 (tomos I y IV), versión de junio de 2014, para su aprobación definitiva. Con fecha 7 de julio de 2014 y número de registro 2014/2501, se presenta en soporte digital el proyecto de reparcelación de la UE-29 (tomos I y IV), versión de junio de 2014, para su incorporación a la documentación que se somete a aprobación definitiva.

Visto que con fecha 10 de julio de 2014 se emitió por parte de los Servicios Externos de Arquitectura informe favorable respecto a la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación.

Considerando que con fecha 1 de septiembre de 2014 el Pleno ratificó por unanimidad el Convenio de Colectores y el Convenio de Monetización firmado por el Ayuntamiento y la Junta de Compensación de la UE-29.

Visto el informe jurídico número 130/2014, en virtud de lo anteriormente expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, se propone a la Junta de Gobierno Local, como órgano competente en virtud de la delegación conferida mediante acuerdo de Pleno, la adopción del siguiente

ACUERDO

Primero.—Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación de la UE-29 de este Municipio.

Segundo.—Notificar este acuerdo a todos los interesados y publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el periódico de mayor difusión en la provincia.

Tercero.—Una vez firme en vía administrativa el acuerdo de aprobación definitiva de la reparcelación, se notificará a todos los interesados y se procederá a otorgar escritura pública o a expedir documento con las solemnidades y requisitos de acuerdo con lo que se dispone en el artículo 113, del Reglamento de Gestión Urbanística”.

Explicada la propuesta, se somete a votación ordinaria, resultando aprobada por unanimidad de los miembros presentes de la Junta de Gobierno Local (cuatro votos).

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Cubas de la Sagra, a 28 de noviembre de 2014.—El alcalde-presidente, José Pedro Flores Ramos.

(02/7.964/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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