Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2015

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150105-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato de Bienestar Social

32
Modificación ordenanza de ayudas económicas

El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2014, aprobó la modificación de los artículos que se describen de la ordenanza reguladora de ayudas económicas municipales para la atención de necesidades sociales y que son tres: epígrafe a.1, artículo 4, añadiendo, asimismo, un segundo epígrafe a este artículo; denominación del anexo que pasa a ser anexo 1, e inclusión de un anexo 2.

De conformidad con el artículo 49 de la Ley de Bases de Régimen Local, el expediente se somete a información pública por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos municipal. Durante este período podrán formularse las alegaciones que se consideren oportunas.

En el caso de no producirse estas, una vez transcurrido el plazo mencionado quedará automáticamente elevada a definitiva la aprobación del expediente sin necesidad de nuevo acuerdo.

En el caso de presentarse alguna reclamación que suponga la modificación del texto, se procederá a su aprobación definitiva y a la publicación del nuevo texto completo y su entrada en vigor se demorará hasta que haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 en relación con el 70 de la Ley 7/1985, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre.

Alcobendas, a 29 de diciembre de 2014.—La presidenta del Patronato de Bienestar Social, Mónica Sánchez Galán.

(03/39.515/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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