Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150102-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

115
Ejecución 228 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 228 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Hassana Bouyakchar, frente a don Mazhar Iqbal, don Syed Masudur Rahman y “Kobani Azad, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y diligencia de ordenación, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 25 de junio de 2014 por la vía de incidente de no readmisión a favor de la ejecutante doña Hassana Bouyakchar, frente a don Syed Masudur Rahman, don Mazhar Iqbal y “Kobani Azad, Sociedad Limitada”, debiendo responder solidariamente y estarse a lo previsto en los artículos 278 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, referidos a la ejecución de sentencias firmes de despido.

Cítese a comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con lo previsto en el artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, acordándose a tal efecto la audiencia para el día 14 de enero de 2015, a las nueve y veinticinco horas, debiendo comparecer las partes con todos los medios de prueba de los que intenten valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Eva San Pablo Moreno.—En Madrid, a 10 de diciembre de 2014.

El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 26 de junio de 2014 a don Syed Masudur Rahman, don Mazhar Iqbal y “Kobani Azad, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Hassana Bouyakchar y, previo a su resolución, y de conformidad con el artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 14 de enero de 2015, a las nueve y veinticinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Syed Masudur Rahman, don Mazhar Iqbal y “Kobani Azad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.463/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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