Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2015

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150102-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

57
Notificación sanción infracción medioambiental

Por no haber sido posible practicar las notificaciones que se relacionan a continuación en el anexo, en su condición de interesado, se procede a la misma por medio de anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:



Acto administrativo: imponer al interesado una sanción de multa 300,00 euros, por la comisión de una infracción medioambiental leve por la emisión de mensajes publicitarios a través de amplificadores, megáfonos o cualquier otro medio sonoro y reiterado produciendo perturbación al vecindario, conforme se prohibe en el artículo 85, apartado 4, título III, capítulo II de la ordenanza municipal de protección ambiental de Pozuelo de Alarcón.

Efectos: frente a la precedente resolución, que pone fin a la vía administrativa, y en caso de disconformidad con el mismo, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad de la resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, haciendo saber que el expediente puede ser consultado en la Concejalía de Medio Ambiente, de nueve a catorce.

En Pozuelo de Alarcón, a 28 de noviembre de 2014.—La concejala-delegada de Medio Ambiente (decreto de 4 de julio de 2013), Mónica García Molina.

(02/7.787/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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