Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
26-12-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141226-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

118
Ejecución 185 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 185 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Félix Alonso Herranz, frente a “Instalaciones Electrónicas Mora, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 24 de noviembre de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Félix Alonso Herranz, frente a la demandada “Instalaciones Electrónicas Mora, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 12.578,83 euros, más 1.257,88 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, más 600 euros de costas del proceso incluidos los honorarios del letrado, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2502/0000/64/0185/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones Electrónicas Mora, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.673/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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