Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
26-12-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141226-103

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

103
Procedimiento 873 de 2013

EDICTO

Doña María Jesús Carasusán Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de relaciones paterno-filiales tramitado en este Juzgado con el número 873 de 2013, a instancias de don Daniel Mas García, representado por el procurador don Fernando Ruiz de Velasco, contra doña Rebeca Andeme Ngova, declarada en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 22 de octubre de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo desestimar y desestimo la demanda de relaciones paterno-filiales presentada por don Daniel Mas García, representado por el procurador don Fernando Ruiz de Velasco, contra doña Rebeca Andeme Ngova, declarada en situación procesal de rebeldía.

No procede hacer expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta 2102/0000/02/0873/13 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Si el ingreso se efectuare por transferencia, deberá además hacer constar el IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, haciendo constar en el campo “Conceptos y observaciones” los dígitos número 2102/0000/02/0873/13.

Líbrese y únase certificación de la sentencia para su unión a los autos con inclusión del original en el libro de sentencias.

Así por esta sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde y en paradero desconocido doña Rebeca Andeme Ngova, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 25 de noviembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/37.002/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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