Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
16-12-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141216-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

156
Procedimiento ordinario 1.236 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.236 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rocío Gómez Mateos, frente al Fondo de Garantía Salarial e “Integración de Nuevos Mercados, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda promovida por doña Rocío Gómez Mateos, frente a “Integración de Nuevos Mercados, Sociedad Limitada”, siendo citado el Fondo de Garantía Salarial, condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante la indemnización por el despido objetivo por importe de 583,33 euros, así como la liquidación por importe de 831,26 euros, más el 10 por 100 de interés de demora sobre la deuda salarial desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Integración de Nuevos Mercados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.867/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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