Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
16-12-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141216-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

142
Procedimiento ordinario 550 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 550 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de los Ángeles Mena Cañaveral, frente a doña Elena Fernández Fernández Pacheco, doña Sandra Fernández Fernández Pacheco y “Essperiencias, Comunidad de Bienes”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 364 de 2014

En Madrid, 30 de septiembre de 2014.—Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, don Francisco Juan Hernández Bautista, los presentes autos número 550 de 2014, seguidos a instancias de doña María Ángeles Meña Cañaveral, como demandante, asistida por el letrado don Juan Hillan Terriza, contra doña Sandra Fernández Fernández Pacheco, doña Elena Fernández Fernández Pacheco y “Essperiencias, Comunidad de Bienes”, como demandadas, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma, con emplazamiento del Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimar la demanda interpuesta por doña María de los Ángeles Meña Cañaveral, contra doña Sandra Fernández Fernández Pacheco, doña Elena Fernández Fernández Pacheco y “Essperiencias, Comunidad de Bienes”, y, en consecuencia, condeno a las demandadas, solidariamente, a abonar a doña María de los Ángeles Meña Cañaveral la cantidad de 495,05 euros.

Notifíquese a las partes la presente sentencia, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo acuerdo, mando y firmo, juzgando en la primera instancia.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Sandra Fernández Fernández Pacheco, doña Elena Fernández Fernández Pacheco y “Essperiencias, Comunidad de Bienes”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.722/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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