Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 299

Fecha del Boletín 
16-12-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141216-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

130
Ejecución 237 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 237 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cynthia Mabel Ramírez Casco, frente a doña María Kaarina Alanen, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se tiene por satisfecha la totalidad de la cantidad por la cual se ha despachado ejecucón en la presentes actuaciones en concepto de principal e intereses y costas provisionales.

Póngase a disposición de la parte ejecutante la cantidad de 1.411,66 euros en concepto de principal una vez firme la presente resolución mediante mandamiento de devolución o por transferencia bancaria a la cuenta corriente de la titular, debiendo ser facilitada en el plazo de cuarenta y ocho horas mediante un escrito que puede ser remitido por fax al número 914 438 410, debiendo adjuntar fotocopia de su documento nacional de identidad y de la primera hoja de su cartilla.

Se alzan los embargos acordados en la presente ejecución, cancelándose las medidas de garantía adoptadas. Practíquense telemáticamente a través del Punto Neutro Judicial.

Requiérase al letrado de la parte ejecutante para que en el improrrogable plazo de cinco días aporte minuta de honorarios a fin de practicarse la correspondiente tasación de costas y liquidación de intereses.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María Kaarina Alanen, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.833/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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