Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 293

Fecha del Boletín 
09-12-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141209-181

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 9

181
Procedimiento 706 de 2012

EDICTO

Doña María Auxiliadora Ariza Fernández, secretaria judicial accidental del Juzgado de lo social número 9 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 706 de 2012, a instancias de la parte actora don José Ortega Valencia, contra “Transportes Ramiro Muñoz, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de fecha 7 de noviembre de 2014 del tenor literal siguiente:

Sentencia número 438 de 2014

En Sevilla, a 7 de noviembre de 2014.—Vistos en juicio oral y público los presentes autos seguidos en este Juzgado bajo el número 706 de 2012, promovidos por don José Ortega Valencia, contra “Transportes Ramiro Muñoz, Sociedad Limitada”, con la intervención del Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don José Ortega Valencia, contra “Transportes Ramiro Muñoz, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de 3.893,68 euros por los conceptos y períodos ya reseñados, más 115,34 euros en concepto de mora.

Todo ello sin pronunciamiento alguno, por ahora, respecto del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos en que legalmente proceda.

Notifíquese esta sentencia a las partes, previniéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación por escrito, mediante comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente, ante este Juzgado de lo social.

También se advierte a la empresa condenada que si recurre deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de su condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, número 4028/0000/65/070612 abierta a nombre de este Juzgado en el “Banco Santander” mediante la presentación en la Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consignación por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, en cuyo caso deberá aportar el documento de aseguramiento. Y al interponer el recurso demostrará el ingreso separado de 300 euros en la referida cuenta bancaria mediante entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría de este Juzgado de lo social.

Asimismo, si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del “Banco Santander” IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando el “Beneficiario” Juzgado de lo social número 9 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignará el número 4028/0000/65, indicando después de estos dieciséis dígitos (separados por un espacio) el código “65 Social-Suplicación”.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Transportes Ramiro Muñoz, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 7 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.977/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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