Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 292

Fecha del Boletín 
08-12-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141208-66

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 8

66
Ejecución 263 de 2014

EDICTO

Doña María del Carmen Peche Rubio, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 665 de 2013 a instancias de la parte actora don Jesús Rufo Bermejo y don Antonio Díaz Pichardo, contra “Grupo Estrella Seguridad”, “Estrella Veloz, Sociedad Limitada”, y “Cos Seguridad, Sociedad Limitada”, se han dictado auto y decreto, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución del auto de fecha 27 de mayo de 2014 por la suma de 105.068,42 euros de principal, más 6.304,10 euros de intereses y 10.506,84 euros para costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación, a favor de don Jesús Rufo Bermejo y don Antonio Díaz Pichardo, frente a “Grupo Estrella Seguridad”, “Estrella Veloz, Sociedad Limitada”, y “Cos Seguridad, Sociedad Limitada”.

Contra a presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, haciendo saber que de dicho depósito queda exento todo litigante que sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 4027/0000/00 abierta en el “Banco Santander”, utilizando para ello el modelo oficial y concretando, además, el número t ali del procedimiento, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “30 Social-Reposición”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del “Banco Santander”, número 0049/3569/92/0005001274, indicando el “Beneficiario”, Juzgado de lo social número 8 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta número 4027/0000/00, más el número y el año del procedimiento, indicando después de estos dieciséis dígitos, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Sevilla.—Doy fe.

Parte dispositiva:

Dispongo: Requerir por diez días a las ejecutadas “Grupo Estrella Seguridad”, “Estrella Veloz, Sociedad Limitada”, y “Cos Seguridad, Sociedad Limitada”, a fin de que abonen a la parte actora las cantidades por las que se ha despachado la presente, y que ascienden a 105.068,42 euros de principal, más 6.304,10 euros de intereses y 10.506,84 euros para costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación, bajo apercibimiento de ejecutar el aval bancario aportado por “Estrella Veloz, Sociedad Anónima”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Notifíquese esta resolución a la ejecutada “Cos Seguridad, Sociedad Limitada”, a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID junto con el auto de orden general de ejecución, sin citación ni emplazamiento para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión directo por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, haciendo saber que de dicho depósito queda exento todo litigante que se trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 4027/0000/00 abierta en el “Banco Santander”, utilizando para ello el modelo oficial y concretando, además, el número y año del procedimiento, indicando en el campo “Concepto” que se trata de un “Recurso”, seguido del código “31 Social-Revisión-Secretario”, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del “Banco Santander”, número 0049/3569/92/0005001274, indicando el “Bbeneficiario”, Juzgado de lo social número 8 de Sevilla, y en “Observaciones” se consignarán los dieciséis dígitos de la cuenta número 4027/0000/00, más el número y el año del procedimiento, indicando después de estos dieciséis dígitos separados por un espacio del código “31 Social-Revisión-Secretario”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada “Cos Seguridad, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos

En Sevilla, a 10 de noviembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.139/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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