Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
03-12-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141203-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37

96
Juicio verbal 2.278 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio número 2.278 de 2009, a instancias de “Gas Natural Servidios SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María África Martín Rico, contra don Luis Geovani Sefla Silva, sobre otras materias, y ante el ignorado domicilio del demandado, se ha acordado librar el presente a fin de notificar al mismo la sentencia de fecha 3 de mayo de 2010 dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por “Gas Natural Servidios SDG, Sociedad Anónima”, contra don Luis Geovani Sefla Silva:

1. Condeno a don Luis Geovani Sefla Silva a abonar a la actora la suma de 959,66 euros, con el interés del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de esta resolución.

2. Con imposición a la parte demandada de las costas de esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que no es firme, pudiendo preparar contra ella ante este Juzgado y para la Audiencia Provincial de Madrid, recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a la notificación, el que no será admitido si, al tiempo de prepararlo, no se acredita haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida mediante Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá certificación literal para su unión a los autos, incorporándose el original de la misma al libro de sentencias que en este Juzgado se custodia, lo pronuncia, manda y firma.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde, cuyo domicilio se ignora, al que se le hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación que podrá interponer, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 2 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/7.429/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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