Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141128-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

51
Plan Especial parcelas

La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 14 de octubre de 2014, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Vista la documentación relativa al Plan Especial de modificación y mejora de la ordenación pormenorizada en suelo urbano consolidado que incluye las parcelas zona 5/grado 15, “Aguilera”; T-3, “El Juncal”, y suelo de dominio público afecto a la red de infraestructuras de comunicaciones y transportes, presentado por la sociedad “Agruppa Homes, Sociedad Limitada”, Plan Especial que, en el marco que proporciona al respecto el artículo 50.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, tiene por objeto la definición y ampliación de la red pública de infraestructuras de comunicaciones y transportes, de cara a mejorar el acceso sur al casco urbano del municipio, la modificación del uso en las parcelas privadas incluidas en el ámbito de actuación, pasando del uso terciario-industrial al uso residencial y la mejora de la ordenación pormenorizada previamente establecida por el Plan General vigente mediante la reordenación espacial de usos y vistos los informes emitidos por los servicios del área de urbanismo, es por lo que, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, esta Junta de Gobierno acuerda:

1. Aprobar inicialmente el Plan Especial de modificación y mejora de la ordenación pormenorizada en suelo urbano consolidado que incluye las parcelas zona 5/grado 15, “Aguilera”; T-3, “El Juncal”, y suelo de dominio público afecto a la red de infraestructuras de comunicaciones y transportes, presentado por la mercantil citada, cuyo objeto se refiere en la motivación de esta resolución y encaja en el tipo legal previsto para esta figura de planeamiento en el artículo 50.1.c) de la Ley 9/2001, anteriormente citada.

2. Someter el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como por los medios telemáticos a que se refiere el artículo 70 ter de la Ley de Bases citada, con traslado a la sociedad proponente del Plan Especial y a los organismos y entidades que, por razón de los intereses por ellos gestionados, deban emitir informe durante el mismo período de información pública, plazo durante el cual, igualmente, el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones se estimen oportunas por los interesados.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles, durante el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Departamento de Urbanismo (segunda planta), como, asimismo, formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Alcobendas, a 23 de octubre de 2014.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(02/7.142/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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