Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
27-11-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141127-192

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BADAJOZ NÚMERO 1

192
Despido 914 de 2013

EDICTO

En el despido/ceses en general número 914 de 2013, sobre despido, siendo demandante don Andrés Julián Orón, con abogado don José Manuel Redondo Caselles, y demandadas “UTE Badajoz Sur”, “Compañía Agroforestal de Extremadura” (“Agroforex, Sociedad Limitada”), “Ecovías & CC, Sociedad Limitada”, y “Valoriza Servicios Medioambientales, Sociedad Anónima”, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don José María Hidalgo Esperilla.—En Badajoz, a 23 de septiembre de 2014.

Se ha presentado escrito por el letrado del actor don Andrés Julián Orón en fecha 12 de septiembre de 2014 solicitando ampliación de la demanda.

Visto el contenido del mismo, acuerdo tener por ampliada la demanda contra “Compañía Agroforestal de Extremadura” (“Agroforex, Sociedad Limitada”), “Ecovías & CC, Sociedad Limitada”, y “Valoriza Servicios Medioambientales, Sociedad Anónima”, y en su consecuencia, cítese a las partes en única convocatoria para la celebración de los actos de conciliación y/o juicio que vienen señalados para el día 11 de febrero de 2015, a las once y treinta horas, para la celebración del mismo, en la Sala de vista de este órgano judicial, sito en la calle Zurbarán, número 10.

Hágase entrega a las demandadas contra las que se ha ampliado la demanda “Compañía Agroforestal de Extremadura” (“Agroforex, Sociedad Limitada”), “Ecovías & CC, Sociedad Limitada”, y “Valoriza Servicios Medioambientales, Sociedad Anónima”, de copia de la demanda presentada y del resto de documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

En Badajoz, a 23 de septiembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.783/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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