Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
27-11-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141127-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

78
Procedimiento 256 de 2013

EDICTO

Doña María Jesús Carasusán Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de divorcio contencioso tramitado en este Juzgado con el número 256 de 2013, a instancias de doña Belinda Belope Drami, representada por el procurador don Miguel García Montón González, contra don Jesús Amado Buale Suku, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 23 de octubre de 2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda de divorcio interpuesta por doña Belinda Belope Drami, representada por el procurador de los tribunales don Miguel Ángel García Montón González, contra don Jesús Amado Buale Suku, declarado en situación procesal de rebeldía, y debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de los referidos cónyuges, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

No procede adoptar medida alguna en relación a la hija, Shaila.

Todo ello sin hacer expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta 2102/0000/02/0256/13 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Líbrese y únase certificación de la sentencia para su unión a los autos, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el magistrado-juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde y en paradero desconocido don Jesús Amado Buale Suku, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 13 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/2.542/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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