Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141120-159

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

159
Ejecución 235 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 235 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Éric Sánchez Calle y don Rodrigo Nieto Fuertes, frente a “Construcciones Soler Alcocer, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Rodrigo Nieto Fuertes y don Éric Sánchez Calle, frente a la demandada “Construcciones Soler Alcocer, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 22.629,71 euros (12.808,91 euros, más el 10 por 100 sobre 11.345,21 euros de interés de mora respecto de don Rodrigo Nieto, y 8.000,10 euros, más el 10 por 100 sobre 6.861,83 euros de interés de mora respecto de don Éric Sánchez), más 1.350 euros y 2.240 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, que se reparten de la siguiente manera:

A don Rodrigo Nieto Fuentes: principal 13.943,43 euros, intereses 830 euros y costas 1.390 euros.

A don Éric Sánchez Calle: principal 8.686,28 euros, intereses 520 euros y costas 850 euros.

Total: principal 22.629,71 euros, intereses 1.350,00 euros y costas 2.240,00 euros.

Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución seguida en el Juzgado de lo social número 36 con el número 254 de 2013, conforme lo previsto en el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de cinco días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Soler Alcocer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.996/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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