Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141120-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

108
Procedimiento ordinario 1.210 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.210 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Edwin William López Baldárrago, frente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 383 de 2014

En Madrid, a 22 de octubre de 2014.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por reclamación de cantidad, seguido con el número de autos 1.210 de 2013, a instancias de don Edwin William López Baldárrago, asistido del letrado don José Fernando Medina, frente a la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base a la siguiente resolución.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda de reclamación de cantidad entablada por don Edwin William López Baldárrago, frente a la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 2.864,97 euros, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación siendo firme desde la fecha en la que se dicta.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimanan, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.868/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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