Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141118-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88

109
Juicio verbal (250.2) 843 de 2013

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 843 de 2013, por no ser conocido el domicilio de doña Concepción Mediavilla Ferruz, por resolución de fecha 13 de octubre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 497, 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia dictada con fecha 25 de marzo de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 61 de 2014

En Madrid, a 25 de marzo de 2014.—Vistos por doña Esther Lobo Domínguez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 843 de 2013, promovidos por el procurador don Federico Ruipérez Palomino, en nombre y representación de don Manuel Díaz Rollán, bajo la dirección letrada de doña María de los Ángeles Ramos Rodríguez, contra doña Concepción Mediavilla Ferruz, se ha procedido a dictar la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda presentada por el procurador don Federico Ruipérez Palomino, en nombre y representación de don Manuel Díaz Rollán, debo condenar y condeno a doña Concepción Mediavilla Ferruz al pago de 1.119,10 euros, más los intereses expresados desde la fecha de interposición de la demanda, y costas.

Contra la presente sentencia no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Madrid, a 13 de octubre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/7.052/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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