Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2014

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141114-32

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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ORDEN 22359/2014, de 13 de noviembre, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden 18749/2014, de 3 de octubre, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2014, del Programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia o contraten a trabajadores desempleados, y se establece el plazo de presentación de solicitudes y el período subvencionable.

Mediante Acuerdo de 2 de octubre de 2014, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 237, de 6 de octubre), se aprueban las normas reguladoras y establecimiento del procedimiento de concesión directa del Programa de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia o contraten a trabajadores desempleados. Asimismo, la Orden 18749/2014 establece la convocatoria para el año 2014 en lo referido a crédito disponible, plazo de presentación de solicitudes y período subvencionable.

La disposición tercera de la mencionada Orden establece como fecha límite para la presentación de solicitudes el día 15 de noviembre de 2014.

Con el objeto de atender al mayor número de solicitudes que pudieran presentarse en tanto exista disponibilidad de crédito para ello, se ha advertido la conveniencia de ampliar el plazo de presentación de solicitudes. En su virtud,

DISPONGO

Artículo único

Modificación plazo solicitudes

Se modifica el plazo de presentación de solicitudes para concurrir a la convocatoria 2014 de ayudas a trabajadores que se constituyan por cuenta propia o contraten a trabajadores desempleados, establecido en la disposición tercera de la Orden 18749/2014, de 3 de octubre, ampliándolo hasta el día 22 de noviembre, inclusive.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Efectos

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 13 de noviembre de 2014.

La Consejera de Empleo, Turismo y Cultura, ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

(03/34.610/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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