Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141114-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

86
Censo obligados tributarios 2014

Se pone en general conocimiento que se haya expuesto al público, en la Unidad de Ingresos y Coordinación, el censo de obligados tributarios correspondiente al ejercicio 2014, según lo expuesto en el artículo 8, apartado B).8, de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.

Plazo de exposición: quince días, a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante cuyo plazo podrá ser examinado y presentar las modificaciones oportunas, y una vez transcurrido dicho plazo los datos se presumirán válidos, no pudiendo los obligados tributarios invocar modificaciones no comunicadas mediante los modelos de declaración correspondientes y sí presentar recursos y reclamaciones en base a lo siguiente:

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, recurso de reposición ante el director general de Gestión Tributaria y Recaudación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del censo, o bien, directamente, reclamación económico-administrativa, previa al contencioso-administrativo, ante el Tribunal Económico-Administrativo de la ciudad de Móstoles, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública del censo.

Dependencias municipales donde podrá consultarse:

— En el mismo Ayuntamiento, plaza de España, número 1, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes.

— Oficina de Atención al Contribuyente, calle Rejilla, número 11, de nueve a veinte horas, de lunes a viernes.

En Móstoles, noviembre de 2014.—La directora general de Gestión Tributaria y Recaudación (firmado).

(02/6.535/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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