Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141114-94

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

94
Rectificación saldos contables de ejercicios cerrados

En la Intervención municipal de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de la formulación de las reclamaciones pertinentes, el expediente de rectificación saldos contables de ejercicios cerrados, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el 24 de octubre de 2014, con el siguiente detalle:

Aprobar la rectificación de saldos de ejercicios cerrados siguientes:

Ingresos de ejercicios cerrados

1. Aumento de derechos reconocidos, recaudados y contabilizados como ingresos pendientes de aplicación:

— Vado 2010: 45,00 euros.

— IVTM 2011: 1.224,25 euros.

— Actividades deportivas 2012: 2.085,00 euros.

— Actividades deportivas 2013: 25.206,50 euros.

2. Aumento de derechos reconocidos:

— Partida 115 IVTM 2012, por importe de 6,15 euros.

3. Anulación derechos reconocidos:

— Partida 543, adjudicación y subasta locales de negocio 2012, por importe de 1.331,00 euros.

4. Cancelación de derechos reconocidos en 2012 por cobro en especie, partida 543, adjudicación de subastas y locales de negocio, por importe de 788,24 euros.

Gastos de ejercicios cerrados

1. Aumento de obligaciones reconocidas en 2013, partida 338-48901, fiestas populares y festejos. Asociación Musical Villalbilla, por importe de 6.000,00 euros.

Conceptos no presupuestarios

1. Aumento saldo entrante en la cuenta 4770 IVA repercutido, por importe 440,38 euros.

Lo que se hace público, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que los interesados puedan consultar el expediente y formular alegaciones o reclamaciones en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Si se produjeran reclamaciones en el expresado plazo, estas deberán resolverse por el Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes y aprobar definitivamente la rectificación de saldos contables de ejercicios cerrados; si no se produjeran reclamaciones, el acuerdo provisional se elevará a definitivo, entendiéndose la rectificación definitivamente aprobada sin necesidad de nueva publicación.

En Villalbilla, a 29 de octubre de 2014.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.

(03/33.152/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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