Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141113-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 96

62
Procedimiento 23 de 2014

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de juicio verbal de desahucio en precario número 23 de 2014 por no ser conocido el domicilio de la demandada doña Antonia Mendoza Carmona, por resolución de fecha 6 de octubre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la notificación a dicha demandada de la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2014, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 198 de 2014

Magistrada-juez de primera instancia, doña Begoña Álvarez García.—En Madrid, a 30 de septiembre de 2014.

La ilustrísima señora doña Begoña Álvarez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 96 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal de desahucio en precario número 100 de 2014, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, Instituto de Realojamiento e Integración Social, representado por el letrado de la Comunidad de Madrid, y de otra, como demandada, doña Antonia Mendoza Carmona, declarada en situación procesal de rebeldía, sobre precario.

Fallo

Estimando la demanda de desahucio en precario formulada por el letrado de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación del Instituto de Realojamiento e Integración Social de la Comunidad de Madrid, contra doña Antonia Mendoza Carmona, condeno a la demandada a que desaloje y deje a libre disposición del actor la vivienda sita en la calle Juan Sebastián el Cano, número 10, primero, puerta B, de Torrejón de Ardoz (Madrid), bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo realiza dentro del plazo legal, así como al pago de las costas.

Así por esta mi sentencia, cuyo original se llevará al libro de sentencias de este Juzgado, dejando en las actuaciones testimonio literal de las mismas, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta número 4974/0000/00/0023/14 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria deberán ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Beneficiario” Juzgado de primera instancia número 96 de Madrid, y en el campo “Observaciones” o “Concepto” se consignarán los dígitos número 4974/0000/00/0023/14.

Asimismo, deberá aportar justificante del pago de la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencas Forenses.

Y para que sirva de notificación a la demandada rebelde doña Antonia Mendoza Carmona expido y firmo el presente en Madrid, a 6 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.080/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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