Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141113-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

59
Procedimiento 314 de 2014

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado, y con número de divorcio contencioso 314 de 2014, se siguen autos de divorcio contencioso a instancias de doña Diana Amoedo Cal, representada por el procurador don Javier Zabala Falcó, contra don Milton David Corniell Jiménez, declarado en rebeldía procesal y en paradero desconocido, habiéndose dictado sentencia con fecha 8 de octubre de 2014, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Vistos por mí, doña Ana Belén Otero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, los presentes autos de divorcio tramitados con el número 314 de 2014, en los que interviene como demandante doña Diana Amoedo Cal, representada por el procurador de los tribunales señor Zabala Falcó y asistida por la letrada señora Escolar Ramos, y como demandado don Milton David Corniell Jiménez, en situación de rebeldía procesal, en virtud de las siguientes consideraciones:

Dispongo: Estimar la demanda presentada por doña Diana Amoedo Cal y, en consecuencia, se declara la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por doña Diana Amoedo Cal y don Milton David Corniell Jiménez, sin especial pronunciamiento en cuanto a costas y con todas las consecuencias legales inherentes a tal declaración.

Firme que sea esta sentencia, en su caso, procédase a su inscripción en el Registro Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de la sentencia al demandado rebelde y en paradero desconocido don Milton David Corniell Jiménez, expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que se entrega al procurador de la parte actora, don Javier Zabala Falcó, para su diligenciado, en Madrid, a 8 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/6.914/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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