Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141112-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia de Gestión de Licencias de Actividades

45
Notificación expedientes devolución ingresos indebidos

Intentada sin efecto la notificación individual al interesado, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio, a los interesados que a continuación se relacionan, de las resoluciones que a continuación se indican, advirtiéndose que dichas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:

I. Recurso potestativo de reposición ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación [artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA)].

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la LRJPAC). Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y Procedimiento Administrativo Común.



Madrid, a 13 de octubre de 2014.—La subdirectora general de la Secretaría Técnica, Virginia Torres Lirola.

(02/6.674/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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