Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 267

Fecha del Boletín 
10-11-2014

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141110-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

2
RESOLUCIÓN de 6 de octubre de 2014, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Macmillan Ibérica, Sociedad Anónima Unipersonal”, y representante FSC CC OO y miembros del comité de huelga y letrado asesor (PCM-0609/2014).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 6 de octubre de 2014.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM-0609/2014.

En Madrid, a las nueve y treinta horas del día viernes 3 de octubre de 2014.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Jesús Manjón Montero.

Vocal: Don Federico Roncal Serra.

Vocal: Don Jorge Juan Honrubia Pantoja.

Vocal: Don Juan Ramón López García.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha jueves 25 de septiembre de 2014, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Doña Rosario Romero Bolívar, en calidad de representante legal.

Doña Gloria Ilzarbe de la Peña, en calidad de representante.

Doña Marta Martínez Gutiérrez, en calidad de representante.

La empresa “Macmillan Iberia, Sociedad Anónima Unipersonal”, en calidad de empleador, con domicilio en el polígono industrial “Mateu Cromo”, carretera Villaviciosa de Odón-Pinto, kilómetro 20,2 Pinto.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Don Antonio Esquinas Sánchez, en calidad de representante de la FSC-CC OO Madrid.

Doña María Luis Amorín Lázaro, en calidad de miembro del comité de huelga.

Don Miguel Ángel Movilla Lobo, en calidad de miembro del comité de huelga.

Doña María Concepción Pascual Esteban, en calidad de miembro del comité de huelga.

Doña Susana Escalada Sierra, en calidad de miembro del comité de huelga.

Doña Patricia Álvarez Ovalle, en calidad de miembro del comité de huelga.

Doña Sonia Márquez Calvo, en calidad de miembro del comité de huelga.

Doña Yolanda Márquez Calvo, en calidad de miembro del comité de huelga.

Don Garfield Christopher Davies Robinson, en calidad de miembro del comité de huelga.

Don Julio San Román González, en calidad de letrado asesor.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Antonio Esquinas Sánchez, representante de la FSC-CC OO de Madrid

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

Se alcanza el presente acuerdo respecto a la modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo derivada de la comunicación de la empresa de 19 de septiembre de 2014.

1. Se abonará a todos los trabajadores trasladados en concepto plus de transporte una cantidad de 90 euros mensuales durante once meses anuales, excepto para los dos trabajadores, S. G. B. y S. G. R., que se abonarán 100 y 110 euros, respectivamente. Aquellos trabajadores que ya tienen plus de transporte se sustituye por el actual.

2. La flexibilidad horaria para los trabajadores afectados de entrada y salida de una hora y media en el siguiente tramo horario, siendo los siguientes horarios fuera de jornada intensiva de verano:

— Lunes a jueves: entrada, de 8.00 a 9.30 horas; salida, de 17.30 a 19.00 horas.

— Viernes: entrada, de 8.00 a 9.30 horas: salida, de 14.00 a 15.30 horas.

Se establece un período transitorio de adaptación para los trabajadores afectados hasta el 30 de junio de 2015, en relación con la jornada de trabajo.

Para los trabajadores afectados que lo soliciten se realizará un estudio individualizado de situaciones personales concretas.

3. Las condiciones de extinción de la relación laboral prevista en el artículo 41.3 del Estatuto de los Trabajadores se ampliarán hasta una indemnización de treinta días por año trabajado con un tope de doce mensualidades que se podrá solicitar hasta el 30 de diciembre de 2015.

4. Respecto al plan de conciliación se indica que deberá hacerse una comisión de cuatro personas (dos personas del comité de empresa y dos personas de la empresa), y será esta comisión la que valore los supuestos que los trabajadores planteen, tales como acudir al médico, tutorías, festivales escolares... Dicha comisión tendrá que estar constituida antes del 31 de diciembre de 2014 y con voluntad de llegar a acuerdos concretos antes del 28 de febrero de 2015.

5. En base a este acuerdo, la representación legal de los trabajadores se compromete a desconvocar la huelga prevista.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las once y quince horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).

(03/31.894/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141110-2